Podrán optar a las ayudas las entidades de carácter privado, tanto físicas como jurídicas, empresas, comercios e industrias radicadas en la Comunitat Valenciana que estén legalmente constituidas (DOCV 6471 de 2 de Marzo).Serán objeto de subvención las siguientes actividades de promoción del uso del valenciano realizadas durante el año 2011:

  • a) La rotulación, exclusivamente en valenciano, del interior y exterior de las dependencias (por ejemplo, indicadores, toldos, luminosos, etc.) y los vehículos de la empresa.
  • b) La denominación de los productos y/o de su etiquetado (por ejemplo, bolsas, papel de embalar, cajas, etiquetas...). Si se trata del etiquetado o de la información al consumidor, el texto deberá estar, como mínimo, en valenciano.
  • c) El uso, exclusivamente en valenciano, en la documentación administrativa, técnica, informática, y en la edición de guías y catálogos de la empresa, así como en páginas web.
Si las páginas web son bilingües o plurilingües, deberán tener la página de inicio en valenciano o dar la opción de seleccionar la versión en valenciano antes de acceder a los contenidos de la página.
Se excluyen los materiales promocionales, como llaveros, bolígrafos, camisetas, gorras, calendarios, pancartas. Sólo se concederá subvención por una de estas actividades y un expediente por empresa.

El plazo de presentación de instancias será de 30 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOCV.

Más Información
AddThis Social Bookmark Button